Las bonificaciones y reducciones del impuesto sobre donaciones de padres a hijos en Cataluña presentan un régimen muy favorable, destacando la bonificación del 99% en la cuota para donaciones inter vivos formalizadas en documento público, así como reducciones específicas del 95% para donaciones destinadas a la adquisición de la primera vivienda habitual, constitución de negocios o empresas, y otras situaciones especiales como discapacidad o víctimas de violencia machista. Existen límites cuantitativos y requisitos formales y temporales para la aplicación de estos beneficios fiscales.
¿Cuáles son las principales bonificaciones aplicables a las donaciones de padres a hijos en Cataluña?
Desde el 28-5-2023, Cataluña aplica una bonificación del 99% en la cuota del impuesto sobre donaciones inter vivos realizadas entre padres e hijos, siempre que la donación se formalice en documento público o se formalice así dentro del plazo de declaración del impuesto. Esta bonificación también se extiende a cónyuges, adoptantes, nietos y abuelos, y a personas con discapacidad, con especialidades en el caso de donaciones en metálico o de bienes recogidos en la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio. Además, desde el 16-5-2025, existe una reducción del 100% en la base imponible para donaciones en metálico de hasta 30.000 euros a favor de hijos menores de 36 años para la adquisición de vivienda habitual, siempre que se cumplan los requisitos formales y de destino.
¿Qué reducciones específicas existen para la adquisición de la primera vivienda habitual?
En las donaciones de dinero o de vivienda para la adquisición de la primera vivienda habitual por parte de los hijos, se aplica una reducción del 95% del importe donado o del valor de la vivienda, con un límite máximo de 60.000 euros (o 120.000 euros si el donatario tiene una discapacidad igual o superior al 65%). Desde el 27-6-2025, el plazo para adquirir la vivienda tras la donación se amplía a seis meses. La reducción es provisional y está condicionada a la efectiva y permanente residencia en la vivienda durante al menos tres años, entre otros requisitos. Para víctimas de violencia machista, la reducción es del 95% con un límite de 100.000 euros (200.000 euros en caso de discapacidad ≥65% o con hijos menores a cargo)
¿Existen otras reducciones relevantes en el ámbito de las donaciones de padres a hijos?
Sí, existen reducciones del 95% para donaciones de dinero destinadas a la constitución o adquisición de un negocio, empresa o participaciones, con un límite de 200.000 euros (400.000 euros si el donatario tiene discapacidad ≥33%), siempre que la empresa tenga domicilio fiscal y social en Cataluña y se cumplan los requisitos de mantenimiento y dirección durante cinco años. También se prevén reducciones para donaciones de bienes culturales, fincas rústicas de dedicación forestal y aportaciones a patrimonios protegidos de personas con discapacidad.
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